
Ya entró en vigor la nueva normativa sobre los
cosméticos comercializados en la Unión Europea (UE), que aumenta las exigencias
de seguridad para los fabricantes y obliga a una información más detallada al
consumidor sobre la composición y los efectos de estos productos.
Las reglas, aprobadas por
la UE a finales de 2009, entran en vigor ahora tras cumplirse
el período transitorio de tres años y medio que los Veintisiete decidieron
conceder al sector para facilitar su aplicación.
La normativa permitirá "una mayor protección
a los consumidores y una información más clara" sobre los 350.000
cosméticos que hay en el mercado común, y que van desde
los productos de uso diario como la pasta de dientes, hasta el maquillaje o
loción de afeitar, afirma el nuevo comisario europeo de
Consumo, el croata Neven Mimica.
Entre las novedades
destaca la obligación de exigir un control específico sobre los productos que
la Comisión Europea (CE) sospeche que pueden contener materiales insolubles o
biopersistentes (nanomateriales), empleados sobre todo en los protectores
solares o los productos capilares.
Todos los nanomateriales que sean utilizados como
colorantes, conservantes y filtros ultravioletas deberán aparecer en la lista
de ingredientes y con un símbolo específico en la etiqueta.
El reglamento prohíbe el uso de sustancias
clasificadas como cancerígenas o tóxicas para la función reproductora, salvo en
casos excepcionales y bajo condiciones estrictas.
Sistema de seguimiento
Además, se ha creado un registro
europeo de fabricantes -el Portal de Notificación de Productos
Cosméticos (CPNP)-, lo que facilitará la identificación de los productores que
pongan productos en el mercado y su seguimiento.
Unos 320.000 productos cosméticos ya se han
inscrito en este portal, por lo que quedarían unos 30.000 por registrarse del
número aproximado de productos cosméticos distribuidos en la UE, según
estimaciones de la Comisión.
Las autoridades competentes de los Estados
miembros serán las responsables de verificar el cumplimiento de las normas y de
aplicar sanciones a los fabricantes en caso de incumplimiento.
Los fabricantes tendrán que designar asimismo a
una "persona responsable" encargada de las pruebas de seguridad de
los productos y de con las autoridades nacionales de control, así como crear
sistemas para recoger información sobre quejas de consumidores
y posibles efectos indeseados de los productos.
Control de la publicidad engañosa
Junto a las nuevas normas que entran en vigor, la
Comisión ha adoptado este jueves un nuevo reglamento para evitar la información
y la publicidad engañosa sobre los efectos beneficiosos de los cosméticos, como
pueden ser la acción durante 48 horas, la hidratación o
el efecto antiarrugas.
Para informar sobre este tipo de efectos en las
etiquetas de los productos, los fabricantes deberán cumplir criterios como la
"eficacia demostrada", la "veracidad" y la
"honestidad", según el documento adoptado por la CE.
Esto no significa que vaya a haber "un
listado cerrado" de los posibles efectos beneficiosos de los cosméticos,
sino que los fabricantes "deberán aprobar
pruebas firmes de su eficacia" antes de incluir este tipo de mensajes
en sus envases, explicó el comisario.
Los cosméticos contemplados por estas normativas
son los productos de maquillaje, perfumes, productos para la depilación y el
afeitado, desodorantes, máscaras faciales y pintalabios.
También se incluyen los jabones, preparados para
el baño y la ducha (sales, espumas, aceites y geles), los productos para el
cabello (lociones, polvos, champús, cremas, lacas y tintes), las cremas y
emulsiones para la piel y la pasta de dientes.
Fuente: El Mundo.es, de EFE